“Son niñas, no esposas”: Aprueban penas severas contra la uniones infantiles.
Por Redacción · 13 de octubre, 2026
El Congreso del Estado de Chihuahua aprobó la propuesta presentada por la diputada Jael Argüelles Díaz para tipificar el delito de cohabitación forzada en el Código Penal del Estado, fijando penas que van de los ocho a los quince años de prisión y multas de hasta 2 mil 500 días a quienes obliguen o promuevan uniones informales de menores de edad.
La reforma adiciona el artículo 184 Quáter para sancionar a quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a personas menores de 18 años a establecer relaciones equiparables al matrimonio. La ley contempla que el delito se configurará formalmente con o sin el consentimiento de la víctima, cerrando cualquier vacío legal o justificación basada en usos y costumbres.
Durante la sesión, la legisladora enfatizó la urgencia de erradicar estas uniones informales, respaldando la iniciativa con datos del sector salud que señalan que tan solo en 2024 más de 3 mil menores dieron a luz en el estado, evidenciando patrones de vulneración a sus derechos, deserción escolar y exposición a violencia.
Con la aprobación unánime de las distintas fuerzas políticas, la nueva disposición legal busca armonizar el marco penal del estado con los estándares internacionales de derechos humanos, fortaleciendo la protección de la infancia y garantizando el desarrollo libre de niñas y adolescentes en Chihuahua.