SCJN valida ley que prohíbe concesiones de litio a particulares.
En una decisión trascendental para el futuro energético del país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la plena constitucionalidad de la reforma a la Ley Minera, ratificando que el litio es patrimonio de la nación y su explotación es facultad exclusiva del Estado mexicano. Por unanimidad, el pleno del alto tribunal desestimó los recursos de inconstitucionalidad promovidos por legisladores de oposición, cerrando definitivamente la puerta al otorgamiento de concesiones a empresas particulares para el aprovechamiento de este recurso estratégico.
La resolución, presentada por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, dejó claro que los argumentos de la minoría parlamentaria perdieron sustento tras la reciente reforma constitucional de octubre de 2024. Al quedar blindado el litio en los artículos 25, 27 y 28 de la Carta Magna como un área estratégica, la Corte avaló la creación de un organismo público descentralizado para su gestión, asegurando que el control de los yacimientos permanezca bajo la rectoría estatal conforme a principios de legalidad y seguridad jurídica.
Uno de los puntos más debatidos fue la supuesta falta de consulta previa a pueblos indígenas y afromexicanos. Sin embargo, el máximo tribunal concluyó que, al tratarse de una norma general sobre la rectoría de un recurso nacional, no existe un impacto directo inmediato que exija dicho proceso en esta etapa legislativa. La Corte precisó que las consultas serán obligatorias hasta que se presenten proyectos de explotación concretos en territorios específicos. Con este fallo, México consolida un modelo soberano para la gestión del mineral clave en la fabricación de baterías y tecnologías de energía limpia.
Nota referencia: La Jornada.
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