¿Pueden embargarte tu pensión del IMSS o ISSSTE por deudas? La SCJN tiene la respuesta.

Si eres pensionado del IMSS o ISSSTE y te preocupa que tus deudas con bancos o tiendas departamentales como Coppel o Liverpool pongan en riesgo tu pensión, puedes estar tranquilo: la respuesta es no.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictaminado que las pensiones del IMSS y del ISSSTE están protegidas contra embargos por deudas comerciales. Esto significa que ninguna institución financiera puede retener parte de tu pago mensual para saldar una deuda. La única excepción a esta regla son las pensiones alimenticias, las cuales sí pueden ser embargadas para cumplir con obligaciones hacia hijos o excónyuges.
Esta resolución surge de un caso real en el que un juez inicialmente aprobó el embargo del 30% de la pensión de una mujer, argumentando que no hacerlo sería "discriminatorio" en comparación con los trabajadores activos. Sin embargo, la SCJN revocó esta decisión, sentando un importante precedente para proteger los ingresos de millones de pensionados en el país.
Nota referencia: La Silla Rota.
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