Mujeres y hombres tienen el mismo derecho de compensación de trabajo del hogar.

En donde no se pudo comprobar que se dedicara específicamente a esa actividad ni que las labores del hogar y de cuidado fueron su principal ocupación durante la relación. Además, el hombre no demostró que estas actividades fueran su principal responsabilidad, ya que contaban con apoyo de trabajadoras del hogar.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revisó un caso de amparo relacionado con un juicio familiar donde un hombre reclamaba una pensión compensatoria y una compensación económica a su exconcubina por haberse dedicado a las labores del hogar y al cuidado de sus hijos durante su relación. 

En donde no se pudo comprobar que se dedicara específicamente a esa actividad ni que las labores del hogar y de cuidado fueron su principal ocupación durante la relación. Además, el hombre no demostró que estas actividades fueran su principal responsabilidad, ya que contaban con apoyo de trabajadoras del hogar.

Por lo que La Primera Sala de la Suprema Corte concluyó que permite que cualquier cónyuge o concubino acceda a la compensación económica en igualdad de condiciones, sin basarse en estereotipos de género. Destacó que lo relevante es demostrar la desventaja económica de quien realizó las labores del hogar y cuidado sin remuneración, independientemente de su género.