Congresista Propone Cambios en la "Ley de Autismo" para Fortalecer la autonomía individual

La diputada Herminia Gómez Carrasco, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, presentó ante el Congreso un proyecto de decreto para adicionar un Artículo 10 BIS a la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista.

La legisladora argumentó la importancia de reconocer que, si bien las neurodivergencias como el autismo no siempre se consideran discapacidades, las personas en esta condición enfrentan barreras que limitan el pleno ejercicio de sus derechos. Subrayó la necesidad de atender cada caso de manera individual y otorgar a la persona neurodivergente el derecho al auto-reconocimiento, permitiéndole identificar, manifestar libremente y determinar las necesidades de apoyo que le permitan un desarrollo pleno.

Gómez Carrasco explicó que el Trastorno del Espectro Autista (TEA) se manifiesta de forma diversa en cada individuo. Recordó que el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales ha introducido tres niveles del espectro autista: nivel 1 ("requiere apoyo"), nivel 2 ("requiere apoyo sustancial") y nivel 3 ("requiere apoyo muy sustancial").

La diputada enfatizó que el derecho a auto-reconocer las necesidades de apoyo y la garantía de la participación plena de las personas con TEA en la sociedad se fundamentan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas. Estos instrumentos internacionales establecen principios esenciales de autonomía, dignidad, igualdad ante la ley, reconocimiento de la personalidad jurídica, capacidad legal en igualdad de condiciones y participación en la vida pública y política.

En base a este panorama, la legisladora de Morena concluyó solicitando la adición del Artículo 10 BIS a la Ley General Para La Atención Y Protección A Personas Con La Condición Del Espectro Autista, con la siguiente redacción:

"La persona diagnosticada con trastorno del espectro autista (TEA) tiene el derecho a auto-reconocer sus necesidades de apoyo para el ejercicio pleno de sus derechos. El Estado deberá garantizar el acceso a mecanismos y recursos adecuados que faciliten este auto-reconocimiento, promoviendo la manifestación libre de la voluntad de la persona, respetando su autonomía y dignidad. Además, se fomentará la inclusión social, asegurando que las personas con TEA puedan ejercer sus derechos en condiciones de igualdad con el resto de la ciudadanía."