Cambios Legales en Marcha: Diputados Aprueban con 345 Votos la Reforma a la Ley de Amparo.

Con una votación dividida de 345 a favor, 131 en contra y 3 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen a la minuta que modifica la Ley de Amparo, la cual deriva de una iniciativa presidencial impulsada por Claudia Sheinbaum Pardo. La reforma, que también toca el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, busca consolidar el amparo como el recurso por excelencia para la defensa efectiva de los derechos humanos.
La aprobación se dio después de que las comisiones de Justicia y Hacienda enmendaran el régimen transitorio para garantizar que los asuntos en trámite sigan resolviéndose conforme a las disposiciones vigentes a su inicio, y no bajo las nuevas reglas.
Restricciones a la Suspensión y el Interés Legítimo
Entre los cambios más significativos que generaron controversia se encuentra la disposición de que, en los juicios de amparo en los que se reclame la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso la suspensión podrá concederse con efectos generales. Además, no habrá responsabilidad penal para la autoridad que incumpla la suspensión si demuestra una imposibilidad jurídica o material.
Respecto al interés legítimo, la ley exigirá que la norma o acto reclamado ocasione una lesión jurídica real, actual y diferenciada en el quejoso, y que el amparo produzca un beneficio cierto y directo, no meramente hipotético.
Digitalización y Procedimientos Fiscales
La reforma también aborda la modernización judicial:
- Promociones: Serán por escrito, y la presentación electrónica será opcional, garantizando que el acceso al procedimiento no se condicione al uso de medios digitales.
- Autoridades: Las autoridades participantes estarán obligadas a generar un usuario en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación para actuar dentro del juicio.
- Juicio Fiscal: Se adiciona una causal para el amparo indirecto en actos de cobro de créditos fiscales, el cual solo podrá promoverse hasta el momento de la publicación de la convocatoria de remate, haciendo valer las violaciones cometidas durante el procedimiento.
La votación en lo general da paso a la discusión en lo particular, donde se analizarán las numerosas reservas presentadas por los legisladores a los artículos de la Ley de Amparo y demás ordenamientos modificados.
- 2 vistas